A- de 2025
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Berrio Berrio Carolina·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
- Requisitos de procedencia
- Incumplimiento de la carga argumentativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque se constató la existencia de una cosa juzgada constitucional formal y relativa, en tanto en la Sentencia C-1067/02 la Corporación abordó una demanda de inconstitucionalidad con un planteamiento idéntico al que se propuso en el expediente de la referencia.
Al revisar los presupuestos de procedencia encontró la Corte que el requisito de carga argumentativa no se satisfizo, porque la demandante acudió al recurso para reformular la demanda de inconstitucionalidad y no para demostrar que la providencia cuestionada incurriera en un yerro, olvido o arbitrariedad.
Con base en lo anterior se RECHAZÓ la súplica invocada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR el recurso de súplica presentado por la ciudadana Carolina Berrío Berrío contra el Auto del 4 de abril de 2025, mediante el cual la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera rechazó la demanda de inconstitucionalidad interpuesta en contra del artículo 40 de la Ley 101 de 1993, "Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero". Lo anterior, porque no se acreditó el requisito de la carga argumentativa mínima.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.